Una de las las búsquedas que realizan las y los mexiquense es la fecha límite del subsidio tenencia 2021 Edomex.
UN1ÓN responde la inquietud de las y los automovilistas que requieren hacer este importante trámite.
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La Secretaría de Finanzas del Estado de México señaló que la fecha límite de pago del subsidio a la tenencia 2021 también llamado refrendo es el 31 de marzo.
El subsidio del 100 por ciento en tenencia es para contribuyentes cumplidos, además los vehículo deben tener un valor factura menor a los 400 mil pesos sin IVA y de 115 mil pesos sin IVA para motocicletas.
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Requisitos Refrendo Edomex 2021
Ante esto, UN1ÓN Edomex responde esa incógnita de miles de automovilistas mexiquenses.
Las personas a quienes se les otorgará el subsidio del 100 por ciento en el pago de impuesto sobre tenencia o uso de vehículos son:
- Personas físicas residentes en el Estado de México, que sean propietarias de vehículos automotores inscritos en el Registro Estatal de Vehículos, cuyo valor total del vehículo no exceda de $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), así como de motocicletas cuyo valor total del vehículo no exceda de $115,000.00 (Ciento quince mil pesos 00/100 M.N.).
- Estar al corriente en sus obligaciones fiscales estatales e impuestos coordinados con la Federación o municipios, que el Estado de México recaude o administre en términos de los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal correspondientes.
- Realizar la gestión del subsidio dentro de los tres primeros meses del ejercicio fiscal 2021, a través del Portal de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, o acudiendo a alguno de los Centros de Servicios Fiscales, con el objeto de obtener el Formato Universal de Pago correspondiente al ejercicio a subsidiar, manifestando cumplir con lo establecido en los incisos anteriores.
- Tratándose de propietarios de vehículos nuevos o usados adquiridos mediante importación definitiva, que durante el ejercicio fiscal de 2021 se inscriban por primera vez en el Registro Estatal de Vehículos, realizar el trámite de alta dentro de los quince días siguientes, contados a partir de la fecha de adquisición o importación, de conformidad con lo previsto en la fracción I segundo párrafo del artículo 47 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.