Poder Judicial del Edomex: Vacaciones de verano y prima vacacional

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El pleno del consejo del Poder judicial del Estado de México modificó el calendario oficial de labores para el año 2020 referente al primer periodo vacacional.

Esta modificación al calendario oficial de labores se debió a la emergencia sanitaria que se vive en México por el coronavirus Covid-19.

Lo único que no se modifica es la prima vacacional que se depositará la primera quincena de julio de 2020

Cuándo será el primer periodo vacacional Poder judicial Edomex

En la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 4 de junio señala que los diez días, que corresponden al primer periodo vacacional anual, verano 2020, se otorgarán a los servidores públicos de la siguiente manera:

El periodo vacacional del que gocen los servidores públicos, deberá estar comprendido en los meses de septiembre, octubre y noviembre.

El personal acordará con los Magistrados(as), el o la titular del Juzgado, titular de las áreas administrativas, administradores(as); y las o los jueces (Control, Tribunal de Enjuiciamiento y Ejecución de Sentencias) el programa de cinco días continuos de vacaciones, de preferencia a elección del servidor público, quien propondrá en qué fechas desea hacerlas efectivas, debiendo observarse los siguientes criterios:

La plantilla de cada Tribunal de Alzada, Salas Familiares, Civiles, Unitarias, Juzgado o área administrativa que goce del periodo vacacional en forma simultánea no podrá exceder de un tercio del número total de sus integrantes.

En los Juzgados en que se cuente con Juez Supernumerario, éste deberá alternar el periodo vacacional con el Juez Titular.

En los Órganos Jurisdiccionales de Control, Tribunal de Enjuiciamiento y Ejecución de Sentencias, del Sistema Penal Acusatorio y Adolescentes, los juzgadores se pondrán de acuerdo en tomar su periodo vacacional, observando que la función jurisdiccional no se interrumpa o se vea afectado el servicio.

En el caso de Secretarios, Notificadores y Ejecutores, cuando se cuente con más de uno por categoría, deberán alternar el periodo vacacional elegido.

El servidor público al hacer efectivo el periodo vacacional, deberá evitar rezago en las actuaciones y actividades propias de su función.

Los titulares de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas, observarán que los adultos mayores, personas con padecimientos de diabetes, hipertensión, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, insuficiencia renal o hepática, mujeres embarazadas o en etapa de lactancia, sean los primeros en gozar del periodo vacacional.

Qué pasará con las vacaciones de inverno del Poder Judicial Edomex

Los otros cinco días, se otorgarán a los servidores públicos del catorce de diciembre al dieciocho del mismo mes, del año 2020, quedando intocado el segundo periodo vacacional, invierno de 2020, que corre del 21 de diciembre de 2020 al martes 5 de enero de 2021, comunicado mediante circular 52/2019 de fecha 16 de diciembre de 2019.

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Checa la Gaceta del Gobierno del Estado de México del 4 de junio a partir de la página 5: 

Gaceta Del Gobierno 4 de Junio by JuanMiranda on Scribd

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