El periódico oficial del Estado de Mexico dio a conocer el acuerdo semáforo Covid amarillo, las cuales entrarán en vigor el 20 de septiembre.
Esta medida que fue publicado este 17 de septiembre en la también conocida Gaceta del Gobierno destaca “acuerdo por el que se establecen medidas para continuación de actividades económicas, sociales y gubernamentales con motivo del virus SARS-CoV2 (Covid-19) en el Estado de México”.
UN1ON Edomex te da los detalles sobre el acuerdo, además de las medidas que tomarán tras el semáforo Covid Estado de México amarillo.
Acuerdo semáforo covid amarillo Periódico oficial del Estado de México
A continuación te decimos el porcentaje de aforo en diversos locales o empresas de la entidad mexiquense.
Las siguientes actividades podrán operar hasta las 21:00 horas de lunes a domingo, limitando en todos los casos su aforo a un 70 por ciento de su capacidad:
Comercios al por menor y al por mayor, tales como papelerías, tiendas de ropa, jugueterías, mueblerías, refaccionarias, tiendas de artículos electrónicos, entre otras.
Actividades relacionadas con servicios personales como peluquerías, tintorerías, talleres, locales de reparación de electrodomésticos y mantenimiento en general. Servicios religiosos.
Centros, plazas comerciales y tiendas departamentales, con un aforo del 70 por ciento y en su horario habitual de operación
Locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, con un aforo del 70 por ciento y la última función podrá iniciar a las 00:00 horas.
Espacios públicos, parques, zoológicos, áreas naturales, gimnasios, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores, spas, actividades acuáticas y campos deportivos, así como las actividades físicas y recreativas al aire libre, deberán observar un aforo máximo del 70 por ciento.
Eventos deportivos en estadios con un aforo del 50 por ciento, sin venta de alcohol.
Las unidades económicas que proporcionen el servicio de hospedaje deberán limitar su aforo al 70 por ciento.
Los restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas podrán operar en los siguientes términos: De lunes a domingo hasta las 00:00 horas. A partir de las 00:00 horas podrán continuar prestando el servicio a domicilio o para llevar.
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Aforo de 70 por ciento de su capacidad en espacios abiertos y cerrados.
Se podrá hacer uso de las zonas destinadas para el consumo de tabaco, de conformidad con las normas sanitarias aplicables en la materia, y no se permitirá la música en vivo.
Salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos), con un aforo del 60 por ciento y hasta las 23:00 horas.
Boliches y billares con un aforo del 40 por ciento y hasta las 22:00 horas.
Unidades económicas cuya actividad sea la renta de espacios para llevar a cabo eventos particulares, en los siguientes términos:
- Aforo del 30 por ciento en interiores
- Aforo del 60 por ciento en exteriores
- Operación hasta las 22:00 horas
- Sin venta de bebidas alcohólicas
- No se permitirá la música en vivo ni la instalación de pistas de baile
Checa el periódico oficial del Estado de México del 17 de septiembre:
Acuerdo semáforo Covid amarillo 17 de septiembre 2021 by JuanMiranda on Scribd