El 2 de noviembre no es un día de descanso obligatorio de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.
De acuerdo al artículo 74 Ley Federal del Trabajo, los días festivos de descanso obligatorio en 2017 son:
- I. El 1o. de enero;
- II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- IV. El 1o. de mayo; V. El 16 de septiembre;
- VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- VIII. El 25 de diciembre, y
- IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Sin embargo para el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el 2 de noviembre no hay clases.
Los bancos no laboran el 2 de noviembre, esto de acuerdo al calendario de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).