La Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, a través de la Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica (DGPCCA), informó que los verificentros de la entidad suspendieron actividades desde el 19 de diciembre de 2020 al 10 de enero de 2021.
A través de un comunicado, al dependencia estatal señaló que serán válidos hasta en tanto las autoridades competentes determinen la reanudación de actividades, los casos de vehículos que porten la Constancia tipo Doble Cero “00” y cuyo holograma se encontraba vigente; vehículos que porten la Constancia tipo Doble Cero “00”, con opción a renovación por segunda ocasión y que venció el 23 de marzo en adelante; vehículos que porten la Constancia tipo “E” Exento vigente, y aquellos vehículos eléctricos e híbridos que se encuentren en la lista publicada en la página de internet de la SMA, los cuales no han realizado el trámite correspondiente.
Asimismo, los vehículos que porten constancia vigente del trámite vehicular para servicio particular de alta, cambio o renovación de placas de circulación expedido por la Secretaría de Finanzas de GEM; vehículos que porten el pago de multa por verificación extemporánea vigente a la fecha; vehículos que porten la Constancia tipo “D” (Discapacidad Permanente), Constancia tipo “A” (Autorregulación) o Constancia tipo “GAS”, vigente a la fecha.
Además, podrán circular hasta en tanto las autoridades competentes reanuden las actividades los vehículos nuevos que hayan sido adquiridos a partir del 23 de marzo de 2020 toda vez que podrán obtener la constancia tipo DOBLE CERO “00” dentro de los 365 días posteriores a la fecha de facturación, así como los vehículos nuevos que no cuentan con verificación vehicular correspondiente al año 2020 los cuales aparecen en el listado de vehículos candidatos al holograma “00” a partir del año 2020 (dicho listado es actualizado por la Secretaría del Medio Ambiente) localizado en la página electrónica https://sma.edomex.gob.mx/verificacion_vehicular.
Por otra parte, podrán circular sin restricción motocicletas, vehículos con peso bruto vehicular menor de 400 kg, tractores agrícolas, maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y de la minería como lo establece el Programa de Verificación Vehicular vigente en el Estado de México.
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