El ciclo escolar 2019-2020 inició y con ello los gastos en útiles y uniformes escolares, así como transporte, colegiaturas, gastos médicos, entre otros.
¿Qué gastos escolares puedes deducir? De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), podrás deducir:
* Colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial de estudios. Desde preescolar hasta bachillerato. También puede ser el equivalente a las siguientes cantidades por nivel escolar (límite anual de deducción):
- Preescolar: 14,200 pesos
- Primaria: 12,900 pesos
- Secundaria: 19,900 pesos
- Profesional técnico: 17,100 pesos
- Bachillerato: 24,500 pesos
* Transporte escolar si es obligatorio.
* Los gastos de papelería son deducibles si son indispensables para tu actividad profesional (por ejemplo, en el caso de docentes).
* Otras deducciones personales: dentro de estas puedes incluir algunos gastos de salud como honorarios médicos, dentales, de nutrición o psicológicos, además de gastos hospitalarios, análisis clínicos, compra de lentes ópticos y primas por seguros de gastos médicos. Dentro de estas deducciones también se incluyen los gastos funerarios, los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras. De igual forma los donativos otorgados a instituciones autorizadas, aportaciones complementarias y/o voluntarias a tus planes personales de retiro. Todo esto siempre y cuando el gasto haya sido para ti, tu cónyuge, concubino/a, padres, abuelos, hijos y nietos.
Condiciones para deducir gastos escolares:
* Los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio 2019 los gastos antes expuestos; pero por ley las declaraciones personales no pueden exceder del 15% total de sus ingresos, incluidos los exentos.
* Si se es persona física, se tiene derecho a presentar dichas deducciones en la declaración anual.
* Debido a que las deducciones son personales, únicamente serán aplicables si el gasto fue hecho para sí mismo o para un familiar cercano que dependa económicamente de uno.
* Es necesario que la colegiatura se haya pagado a una escuela privada autorizada por el SAT, se puede encontrar una lista en su página de internet con el nombre de todas las escuelas aprobadas para este efecto.
* Es muy importante guardar el comprobante y haber pagado mediante tarjeta de crédito o débito, o bien, cheque o transferencia bancaria. Por supuesto, el gasto debe ser amparado por un CFDI en el que se debe señalar que se trata de un pago de colegiatura e inscribir el nombre del alumno, el nivel educativo y su CURP.
* La compra de útiles escolares, uniformes, reinscripciones e inscripciones no son deducibles de impuestos.
* Trata de pagar siempre con tarjeta de crédito o débito, o bien, cheque o transferencia bancaria.
* Pide factura inmediatamente y verifica que los datos sean correctos.
* Confirma en el SAT otros conceptos de gastos asociados como pago de gasolina, que pueden ser útiles en las declaraciones anuales.
Por su parte, Sebastián Medrano, director de la plataforma de servicios financieros Coru.com, recomienda “Pedir facturas de todos los pagos relacionados a la educación, como transporte y colegiatura, puede ayudarte a mediano plazo para tu declaración anual y así recuperar un poco de lo gastado.
“Algunos pagos escolares pueden ser deducibles de impuestos en tu declaración anual, aún estás a tiempo de saber cuáles son y pedir factura oportunamente, ya que de no hacerlo perderás la oportunidad de justificar fiscalmente estos gastos”, dijo. (Con información de Coru.com)