Sistema Nacional de Educación Media Superior: Así la regulación

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La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer el Acuerdo número 01/01/18 por el que se establece y regula el Sistema Nacional de Educación Media Superior.

En la edición del Diario Oficial de la Federación (DOF) explicó que se establece el Sistema Nacional de Educación Media Superior, como un conjunto orgánico y articulado de autoridades e instituciones educativas, procesos, instrumentos y, en general, de todos aquellos elementos que contribuyen al cumplimiento de los propósitos de la educación media superior previstos en el presente Acuerdo.

Esto, subrayó, conforme a los mandatos que para dicho tipo educativo dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás normativa aplicable.

La SEP precisó que el Sistema Nacional de Educación Media Superior tiene por objeto establecer, con respeto al federalismo, la autonomía universitaria y la diversidad educativa: Un Marco Curricular Común a nivel nacional, y la revalidación y reconocimiento de estudios entre las opciones que ofrece el tipo medio superior.

Corresponde a la SEP la Coordinación del Sistema, a través de la Subsecretaría de Educación Media Superior.

Además, las Autoridades Educativas Locales, conforme a lo previsto en la Ley, participarán en la integración y operación del Sistema.

De igual manera, en el marco de la diversidad, conforme a su propia normativa y, en caso de así determinarlo sus respectivas autoridades, podrán formar parte del Sistema:

Las instituciones de educación superior a que refiere la fracción VII del Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que impartan Educación media superior, con pleno respeto a la autonomía universitaria.

Las instituciones creadas por Ley emitida por el Congreso de la Unión que impartan Educación media superior.

En el documento publicado se establece que las Autoridades Educativas podrán celebrar entre sí y/o con las Instituciones educativas, convenios para coordinar o unificar las actividades que permitan el logro de los propósitos del Sistema.

Las Autoridades Educativas, en el respectivo ámbito de su competencia, podrán establecer la colaboración que se requiera con los sectores público, social y privado, para promover su participación en la instrumentación de las políticas, estrategias, programas y acciones que permitan el logro de los propósitos del Sistema, mediante la formalización de los instrumentos jurídicos correspondientes.

El Consejo y el Espacio Común de la Educación Media Superior mantendrán una permanente coordinación para el cumplimiento del objeto y los propósitos del Sistema.

Para estos fines, los acuerdos y resoluciones que se adopten en el seno del Consejo y cuya materia sea competencia de las Instituciones educativas, serán notificados a los presidentes de cada uno de los cinco Consejos Regionales del Espacio Común de la Educación Media Superior para su difusión, cumplimiento y seguimiento.

VER: Consejo Técnico Escolar: Qué es y para qué sirve

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ACUERDO MEDIA SUPERIOR SEP by JuanMiranda on Scribd

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